|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
O R I G E N Y S I G N I F I C A D O
La Coronación Canónica de una imagen es un privilegio que queda concedido por el cabildo de San Pedro de Roma a una imagen que cumpla una serie de requisitos: devoción muy popular y talla con más de cien años de antigüedad. Si bien en Andalucía no se han celebrado coronaciones canónicas con anterioridad a 1904, año en que recibiera tal distinción Ntra. Sra. de los Reyes, Patrona de Sevilla y su Archidiócesis, cabría situar el origen histórico de estas celebraciones marianas en Italia, en el siglo XVI. Tras diversos avatares históricos, una congregación romana de cardenales que recibe el título de Reverenda Fábrica de San Pedro, obtuvo el privilegio papal de conceder el rango de canónica para las coronaciones de imágenes marianas que solicitasen al Capítulo vaticano. Igualmente pudiera entenderse que se exigiría una serie de requisitos para obtener esta gracia, cuanto menos demostrada piedad y veneración popular. En nuestras investigaciones no hemos encontrado constancia documental de un Ritual con anterioridad a 1897, fecha en la que se incorporó al Pontifical romano con el título de Ritus servandus in coronatione imaginis Beatae Maria Virgine.
Todo este cúmulo de circunstancias históricas y connotaciones jurídico-canónicas, comportan que la obtención del rango de canónica para una coronación, sea una distinción eclesiástica de alto honor y relevancia, pues supone el público reconocimiento de la comunidad eclesial a la inmensa devoción que gozan aquellas imágenes de la Virgen María distinguidas con tal consideración. (Fragmentos tomados del Boletín de la Hermandad del Cerro (Sevilla) Nº 39) |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
© 2008-11 Pontificia y Real Archicofradía del Dulce Nombre de Jesús Nazareno del Paso y María Santísima de la Esperanza | C/ San Jacinto, 1-3 29007 Málaga ESPAÑA | Tel. (+34) 952 614 396 y 952 612 776
info @ pasoyesperanza.es | aviso legal | sobre este web |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||